Los requisitos para ser miembros del Consejo de Administración o de la Junta de Vigilancia son:
a) Ser Asociado hábil ó Delegado Hábil al momento de la convocatoria de la Asamblea que lo elige.
b) Ser asociado mayor de 18 años o representante legal de entidad jurídica asociada a la cooperativa.
c) Haber asistido como Delegado por lo menos a una (1) Asamblea General de la cooperativa previamente durante los últimos cinco (5) años.
d) Caracterizarse por su aptitud personal, liderazgo, responsabilidad, idoneidad, moralidad crediticia, conocimiento de la normatividad cooperativa y financiera, disposición para adquirir nuevos conocimientos y tener disponibilidad de tiempo para el desempeño de sus funciones.
e) Haber asistido y aprobado el Curso de Formación de Directivos que programará la Cooperativa, y en la cual se le darán las bases en administración, legislación cooperativa, finanzas, contabilidad, presupuestos y presentar Certificación del curso e-learning de la UIAF en el módulo general.
f) No tener parentesco con los funcionarios de COOTRAUNION, con otro consejero o integrante de la Junta de Vigilancia, hasta el tercer (3er) grado de consanguinidad, primero (1°) de afinidad o único civil.
g) Acreditar formación académica mínimo a nivel técnico en una institución de educación superior reconocida por el Ministerio de Educación Nacional, ó en su defecto ser bachiller y con experiencia comprobada en cualquier cooperativa de ahorro y crédito como miembro del Consejo de Administración o Junta de Vigilancia mínima de un año en los últimos tres años. A partir de 2021 según la Circular Externa 20 de 2020 para ser miembro del consejo de administración, debe contar con título profesional en áreas de conocimiento relacionadas con la actividad de la cooperativa, tales como administración, economía, contaduría, derecho, finanzas o afines y tener experiencia mínima de cuatro (4) años en el ejercicio de su profesión y dos (2) años de experiencia específica en materias asociadas a la actividad cooperativa, financiera o en actividades, afines, relacionadas o complementarias a estas. En el evento en que el postulado no cuente con título profesional, debe acreditar como mínimo cinco (5) años de experiencia específica en las materias asociadas a la actividad cooperativa, financiera o en actividades, afines, relacionadas o complementarias a estas.
h) No haber sido condenado por sentencia judicial o pena privativa de la libertad, excepto por delitos políticos o culposos y especialmente no haber sido sancionado o condenado por la comisión de delitos financieros.
i) No haber sido sancionado por alguna de las entidades de vigilancia y control estatal.
j) No encontrarse en las causales de incompatibilidad contempladas en el Artículo 60 de la Ley 454 de 1.998.
k) Acreditar que cuenta con suficiente dignidad y aptitudes personales; por lo tanto no podrá ser elegido o desempeñar el cargo como miembro del Consejo de Administración, quien incurra en uno o varios de los siguientes considerandos: la provocación reiterada de riñas o escándalos públicos, la mala fe en los negocios, la pública embriaguez consuetudinaria o el hábito injustificado de drogas estupefacientes, la dilapidación del patrimonio en perjuicio de los acreedores, la inmoralidad crediticia.
l ) Manifestación expresa del conocimiento de las funciones, deberes y prohibiciones establecidas en la normatividad vigente y los estatutos para postularse. Esta manifestación se efectuará mediante el formato de inscripción como candidato diseñado por la Cooperativa.