Consiste en la contribución económica al asociado en caso de hechos imprevistos ocasionados por sucesos que afecten:
a) La salud, como lesiones graves o enfermedades terminales, o aquellas que aún siendo de menor gravedad, afecten a personas que por sus bajos ingresos no puedan atender adecuadamente su situación, o que carezcan de la protección de algún programa de salud como el POS, SISBEN, etc.
b) La vivienda, ocasionada principalmente por catástrofes naturales (terremotos, inundaciones, rayos), actos de terrorismo, incendios, asonada.
c) Calidad de vida, provocada por aquellas otras situaciones imprevistas que pongan en riesgo su bienestar y afecten su dignidad humana.